lunes, 10 de junio de 2013

Mayor protección a las víctimas de la violencia doméstica en virtud de la nueva legislación de la UE

Las víctimas de la violencia, en especial de la doméstica, pronto podrán contar con una protección en toda la UE a raíz de la adopción de una propuesta de la Comisión Europea por los ministros de Justicia de los Estados miembros de la UE. La nueva normativa de la UE sobre una orden de protección válida en toda la UE significará que las personas que hayan sido víctimas de la violencia podrán confiar en que la orden de alejamiento obtenida en su país de origen sea válida en cualquier lugar de la UE en que se encuentren. En la práctica, esto quiere decir que las órdenes de alejamiento dictadas en un país de la UE tendrán que ser reconocidas en la UE entera, de forma que la protección viajará con la persona. La legislación de la UE beneficiará sobre todo a las mujeres: alrededor de una de cada cinco mujeres europeas ha sufrido violencia física al menos una vez en su vida, según las encuestas.
La adopción formal hoy por el Consejo del Reglamento relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil sucede a su votación en el Parlamento Europeo el 22 de mayo (MEMO/13/449). La Comisión propuso el Reglamento dentro del paquete de medidas dirigidas a mejorar los derechos de las víctimas (véanse IP/11/585 y MEMO/11/310). La Directiva sobre las víctimas, que establece los derechos mínimos de las víctimas de delitos en toda la UE, ya figura en el repertorio legislativo europeo (IP/12/1200). Ambos instrumentos también complementarán la orden europea de protección de 13 de diciembre de 2011, que garantiza la libre circulación en toda Europa de las medidas de protección en materia de Derecho penal. La votación de hoy constituye un paso importante a la hora de colmar las lagunas en la protección de las víctimas de la violencia doméstica que deseen ejercer su derecho a la libre circulación en la UE.
Próximas etapas: El Reglamento debe publicarse ahora en el Diario Oficial de la Unión Europea (el repertorio legislativo de la UE) y se aplicará desde el 11 de enero de 2015, sin la participación de Dinamarca.
Contexto: El 18 de mayo de 2011, la Comisión Europea propuso un paquete de medidas para garantizar un nivel mínimo de derechos, apoyo y protección a las víctimas en toda la UE, independientemente de su procedencia o residencia.
Este paquete incluía una propuesta de Reglamento relativo al reconocimiento mutuo de las medidas de protección en materia civil, que velará por que las víctimas de la violencia (como la violencia doméstica) puedan seguir confiando en las órdenes de alejamiento o protección expedidas contra el autor de la violencia si viajan o se mudan a otro país de la UE, y servirá de complemento a la orden europea de protección, que se adoptó el 13 de diciembre de 2011 y trata de las órdenes de protección en materia de Derecho penal.
La segunda propuesta de Directiva sobre los derechos de las víctimas la adoptó el Consejo de Ministros el 4 de octubre de 2012 (IP/12/1066), tras su aprobación por el Parlamento Europeo por mayoría abrumadora el 12 de septiembre de 2012 (MEMO/12/659). La Directiva establece los derechos mínimos de las víctimas, dondequiera que se encuentren en la UE, y garantizará lo siguiente:
  • las víctimas reciben un trato respetuoso y la policía, los fiscales y los jueces están adecuadamente formados para tratar con ellas;
  • las víctimas reciben información sobre sus derechos y su caso de forma clara e inteligible;
  • existe un apoyo a las víctimas en todos los Estados miembros;
  • las víctimas pueden participar en el procedimiento, si así lo desean, y se les ofrece asistencia en el juicio;
  • las víctimas vulnerables, como los niños, las víctimas de violación o las personas con discapacidad, están debidamente protegidas;
  • las víctimas son objeto de protección durante la fase de investigación policial y los autos procesales.
Los Estados miembros tienen ahora un plazo de tres años para incorporar las disposiciones de la Directiva a sus ordenamientos jurídicos nacionales.
Hasta el 15 % de la población de la UE puede ser víctima de un delito cometido en algún sitio de la UE cada año. El riesgo de ser víctima es tan alto cuando se viaja como en el propio país. Como los europeos efectúan alrededor de unos 1 250 millones de viajes como turistas en la UE cada año, algunos son ineludiblemente víctimas de un delito en otro país.
El establecimiento de unas normas mínimas para las víctimas forma parte del objetivo más amplio de la UE de construir un Espacio Europeo de Justicia, a fin de que las personas puedan hacer valer los mismos derechos básicos y tengan confianza en el sistema de justicia dondequiera que estén en la UE.
Información complementaria
Comisión Europea — Derechos de las víctimas
Página web de Viviane Reding, vicepresidenta y comisaria de Justicia de la UE:

Siga a la Vicepresidenta en Twitter: @VivianeRedingEU

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