El informe de convergencia de Letonia concluye
valorando positivamente su rendimiento económico respecto a los criterios de
convergencia previstos en el Tratado UE como se explica a continuación.
Inflación
La tasa de inflación media en Letonia en los doce
meses anteriores a abril de 2013 fue del 1,3 %, esto es, muy inferior al
valor de referencia del 2,7 %, y probablemente se mantendrá por debajo de
este valor en el período próximo. Aunque factores a corto plazo (en especial,
la rebaja del IVA el pasado julio) hayan contribuido a la tasa de inflación
actual muy baja, el análisis de los principales indicadores económicos y el
hecho de que el valor de referencia se alcance con un amplio margen respaldan
una evaluación positiva del cumplimiento del criterio de estabilidad de
precios. Letonia debe permanecer vigilante para mantener la inflación a un
nivel bajo, entre otras cosas, perseverando en una política presupuestaria
prudente y manteniendo también la demanda interna en una senda sostenible.
Finanzas públicas
(déficit y deuda)
El déficit de las administraciones públicas en relación al PIB alcanzó
el 8,1 % en 2010, pero se redujo al 1,2 % en 2012, y se prevé que
permanezca en el 1,2 % en 2013, según las últimas previsiones de primavera
de la Comisión. La
deuda de las administraciones públicas se cifraba en el 40,7 % del PIB en
2012. La Comisión
considera que se ha corregido el déficit excesivo de forma creíble y sostenible
y ha recomendado que el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la UE (ECOFIN) dé por terminado el
procedimiento de déficit excesivo aplicado a Letonia (véase MEMO/13/463). Si se hace así, Letonia cumplirá el criterio de la situación
presupuestaria de las finanzas públicas.
Tipos de interés
El tipo de interés medio a largo plazo durante todo
el año y hasta abril de 2013 fue del 3,8 % en Letonia, inferior, pues, al
valor de referencia del 5,5 %. Los diferenciales respecto de las
obligaciones de referencia a largo plazo de la zona del euro han ido
disminuyendo de forma pronunciada desde 2010, lo cual refleja la confianza del
mercado en Letonia.
Tipo de cambio
El lats letón participa en el mecanismo de tipos de
cambio (MTC II) desde el 2 de mayo de 2005, un período considerablemente mayor
que el mínimo de dos años. Al adherirse al MTC II, las autoridades letonas
se comprometieron a mantener el tipo de cambio del lats en una banda de
fluctuación del ±1 % en torno al tipo central. Durante los dos años
anteriores a esta evaluación, el tipo de cambio del lats no se desvió de su
tipo central más del ± 1 % y no experimentó tensiones.
También se han estudiado otros factores, incluida
la evolución de la balanza de pagos y la integración de los mercados
financieros, laborales y de productos. La balanza de pagos de Letonia se ajustó
considerablemente durante la crisis, gracias también a la mejora de su
competitividad exterior. La economía letona está bien integrada en la economía
de la UE gracias a
los vínculos comerciales y laborales, y atrae grandes cantidades de inversión
extranjera directa. La integración del sector financiero nacional en el sistema
financiero de la UE
es intensa, sobre todo gracias a la participación elevada de capital extranjero
en el sistema bancario.
Por último, la legislación letona en el
ámbito monetario es compatible con el Derecho de la UE.
Complementa esta evaluación el informe de
convergencia propio del Banco Central Europeo (BCE), que también se ha hecho
público hoy.
Antecedentes
A lo largo de la crisis, Letonia ha gestionado con
éxito un difícil proceso de ajuste macroeconómico. Una aplicación decidida del
programa de ayuda financiera de la
UE y del FMI ayudó al país a salir de una profunda recesión y
volver a la senda del crecimiento económico.
Con arreglo al Tratado UE, la Comisión y el BCE
realizan un informe cada dos años o a petición de un Estado miembro acogido a
una excepción en este asunto. El 5 de marzo de este año, Letonia solicitó
oficialmente que la Comisión
emitiera un informe de convergencia extraordinario de cara a su adhesión a la
zona del euro a partir del 1 de enero de 2014.
Las condiciones para la adopción del euro consisten
en cuatro criterios económicos dirigidos a la estabilidad, en lo que respecta a
la situación presupuestaria de las finanzas públicas, la estabilidad de los
precios, la estabilidad de los tipos de cambio y la convergencia de los tipos
de interés a largo plazo, que deben cumplirse de manera sostenible. La
legislación nacional sobre los asuntos monetarios debe también estar en
consonancia con el Tratado de la
UE.
De conformidad con el Tratado, también hay que
tener en cuenta factores adicionales en el análisis (balanza de pagos,
integración del mercado), como indicadores de que la integración de un Estado miembro
en la zona del euro se va a llevar a cabo sin problemas y ampliar la
perspectiva acerca de la sostenibilidad de la convergencia.
El Consejo ECOFIN adoptará en julio la decisión
definitiva sobre la adopción del euro en Letonia, una vez que el Parlamento
Europeo haya emitido su dictamen, los Ministros de Hacienda de la zona del euro
hayan formulado una Recomendación y los líderes de la UE hayan debatido el asunto en
la reunión del Consejo Europeo de los días 27 y 28 de junio.
El procedimiento se habrá completado cuando el
Consejo de Ministros, por unanimidad de sus Estados miembros de la zona del
euro y de Letonia, haya fijado irrevocablemente el tipo de cambio del lats
respecto al euro.
Más información:
La evaluación puede consultarse en el documento «Informe
de convergencia de Letonia de 2013» en la dirección electrónica siguiente:
El resumen para el
ciudadano se puede consultar en:
Informe de
Convergencia del BCE:
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