Las modalidades del impuesto sobre las transacciones financieras (ITF),
que ha de aplicarse en el marco de una cooperación reforzada, se han
establecido en una propuesta adoptada ayer por la Comisión. Como han
solicitado los 11 Estados miembros que
aplicarán este impuesto (Francia, Alemania, Bélgica, Austria, Eslovenia,
Portugal, Grecia, Eslovaquia, Italia, y Estonia), la propuesta de directiva
refleja el ámbito de aplicación y los objetivos de la propuesta original de
impuesto sobre transacciones financieras presentada por la Comisión en septiembre de
2011 (IP/11/1085).
Se mantiene el enfoque consistente en
gravar todas las transacciones que tengan un vínculo con la zona en que se
aplicará el ITF, así como los tipos del 0,1 % para las acciones y las
obligaciones y del 0,01 % para los productos derivados.
Una vez aplicado en los 11 Estados
miembros, se espera que este impuesto sobre transacciones financieras genere
unos ingresos anuales del orden de 30 000 a 35 000 millones de euros.
La
propuesta de ITF adoptada ayer presenta
algunos cambios respecto de la propuesta original, con los que se pretende
tener en cuenta el hecho de que el impuesto se aplicará a una escala geográfica
inferior a la prevista inicialmente. Estos cambios están principalmente encaminados a garantizar la claridad jurídica y reforzar
las disposiciones contra la elusión y los abusos en el área fiscal.
La propuesta es la continuación del acuerdo
alcanzado por los ministros de Hacienda de la UE el mes pasado para permitir a los 11 Estados
miembros establecer un ITF en el marco de la cooperación reforzada (IP/12/1138).
El ITF persigue
tres objetivos principales. En primer lugar, reforzará el mercado único reduciendo el número de enfoques nacionales
divergentes en materia de imposición de las transacciones financieras. En
segundo lugar, garantizará que el sector
financiero contribuya de forma equitativa y substancial a los ingresos públicos.
Por último, el IFT respaldará las
medidas de regulación del mercado, alentando al sector financiero a realizar
actividades más responsables, orientadas a la economía real.
Al igual que en la propuesta original, el
IFT tendrá tipos bajos, una amplia base
imponible y redes de seguridad frente a la posibilidad de relocalización del
sector financiero. Al igual que antes, será
aplicable el «principio de residencia», que implica el devengo del impuesto si
alguna de las partes de una transacción está establecida en un Estado miembro
participante, con independencia del lugar en donde se realiza la transacción.
Esto ocurre, tanto si la entidad financiera que participa en la transacción
está establecida en la zona de aplicación del IFT, como si actúa en nombre de
una parte establecida en dicha zona.
Como garantía adicional frente a la elusión
del impuesto, la propuesta de ayer
también añade el «principio del lugar de
emisión». Según dicho principio, los instrumentos financieros emitidos en
los 11 Estados miembros serán gravados cuando sean objeto de negociación,
incluso si los negociadores implicados no están establecidos en la zona de
aplicación del IFT. Por otra parte, ahora se incluyen disposiciones explícitas
contra las prácticas abusivas.
Del mismo modo que en la propuesta original, el IFT no se aplicará a las actividades
financieras diarias de los ciudadanos y las empresas (por ejemplo,
préstamos, pagos, seguros, depósitos, etc.), a fin de proteger a la economía
real. Tampoco se aplicará a las
tradicionales actividades bancarias de inversión en el contexto de la captación
de capitales ni a las transacciones financieras efectuadas en el marco de
operaciones de reestructuración.
La propuesta también excluye las
actividades de refinanciación, la política monetaria y la gestión de la deuda
pública. Por consiguiente, quedarán exentas del impuesto las transacciones con
los bancos centrales y el BCE, con la Facilidad Europea
de Estabilización Financiera y el Mecanismo Europeo de Estabilidad y con la Unión Europea.
Próximas etapas: La
propuesta de directiva será debatida
ahora por los Estados miembros, con vistas a su aplicación en el marco de una
cooperación reforzada. Los 27 Estados miembros pueden participar en los
debates sobre esta propuesta. Sin embargo, solo
los Estados miembros participantes en la cooperación reforzada tendrán derecho
de voto, y deberán llegar a un acuerdo por unanimidad antes de poder proceder a
la aplicación. También se consultará al Parlamento Europeo.
Antecedentes
En septiembre de 2011, la Comisión presentó una
propuesta de sistema común de impuesto sobre transacciones financieras, con los
objetivos de garantizar un enfoque coherente de la tributación de este sector
en el mercado único y una contribución equitativa del sector financiero a las
finanzas públicas y de contribuir a que las negociaciones del sector financiero
fomenten más la eficiencia y el bienestar.
Tras intensos debates sobre este tema, en
las reuniones del Consejo EcoFin del verano de 2012 se llegó a un consenso en
el sentido de que no podría alcanzarse la unanimidad entre los 27 Estados
miembros dentro de un periodo de tiempo razonable. No obstante, algunos Estados
miembros manifestaron su firme voluntad de avanzar hacia la implantación del
ITF. Por ello, en el otoño de 2012, once Estados miembros se dirigieron por
escrito a la Comisión,
solicitando oficialmente que se autorizase una cooperación reforzada en el
ámbito del impuesto sobre transacciones financieras, sobre la base de la
propuesta de la Comisión
de 2011.
La Comisión evaluó detenidamente estas
solicitudes a la luz de los criterios de la cooperación reforzada recogidos en
los Tratados. En particular, se estableció que la cooperación reforzada sobre
el ITF no afectaría negativamente al mercado único ni a las obligaciones,
derechos o competencias de los Estados miembros no participantes. Partiendo de
esta evaluación, en octubre de 2012, la Comisión propuso una Decisión encaminada a
permitir una cooperación reforzada en relación con el ITF. Esta Decisión fue
respaldada por el Parlamento Europeo en diciembre y aprobada por los ministros
de Hacienda europeos en la reunión del Consejo EcoFin celebrada en enero de
2013.
Una vez obtenida la luz verde para la
cooperación reforzada, la
Comisión ha podido estudiar las modalidades de aplicación del
ITF en los 11 Estados miembros, que ha presentado hoy.
Para más información véase también MEMO/13/98
Puede consultarse el sitio web del
Comisario Šemeta en la siguiente dirección:
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