El 4º Informe anual de la aplicación de la
Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, pone de manifiesto
la creciente importancia y prominencia de ese instrumento: el Tribunal de
Justicia de la UE la aplica con cada vez mayor frecuencia en sus resoluciones y
los jueces nacionales, cada vez más conscientes de su repercusión, solicitan
directrices de actuación al Tribunal de Justicia Europeo.
La Comisión Europea
también ha intensificado progresivamente su labor de activación de la Carta
mediante diversas iniciativas de promoción y defensa de los derechos de los
ciudadanos de la UE que en ella se consagran. Desde 2010, la Comisión dispone de
una «lista de control de los derechos fundamentales» con la que coteja todas las
propuestas legislativas a fin de determinar si respetan esos derechos. El
informe anual de la aplicación de la Carta registra los avances realizados y
detecta escollos y cuestiones problemáticas. El informe determina, por último,
que la Comisión Europea sitúa los derechos fundamentales en el núcleo de todas
sus políticas.
«Casi cuatro años después de que la Comisión Europea presentara su estrategia de aplicación de la Carta de la UE, hemos logrado consolidar la cultura de derechos fundamentales en las instituciones de la UE. Todos los Comisarios juran o prometen cumplir la Carta de los Derechos Fundamentales, todas las propuestas legislativas son objeto de un control de conformidad con sus preceptos y los órganos jurisdiccionales nacionales la han integrado progresivamente como punto de referencia en sus resoluciones», ha afirmado Viviane Reding, vicepresidenta de la Comisión y comisaria de Justicia, Derechos Fundamentales y Ciudadanía. «Observo con satisfacción que la Carta tiene plena vigencia como red de seguridad para nuestros ciudadanos y guía para las instituciones de la UE, los Estados miembros y los órganos jurisdiccionales. Puedo imaginar el día en que los ciudadanos de la UE invoquen directamente la Carta, sin necesidad de buscar un vínculo inmediato con la legislación de la UE. La Carta debería convertirse en la Declaración de derechos europea».
El informe presentado, ofrece una visión
global del satisfactorio ejercicio de los derechos fundamentales en la UE
durante el último año. Pone de relieve, por ejemplo, las directrices ofrecidas a
los jueces nacionales por el Tribunal de Justicia de la UE sobre la
aplicabilidad de la Carta al ejecutar la legislación de la UE a nivel nacional
(la debatida sentencia
Åkerberg Fransson de 2013). También refleja la minuciosa
consideración que prestan las instituciones de la UE a los derechos consagrados
en la Carta al proponer y adoptar legislación de la UE, mientras que los Estados
miembros solo están vinculados por la Carta en su actividad de aplicación de las
políticas y normas de la UE a nivel nacional. Por último, el informe recoge
algunas situaciones en las que los derechos fundamentales consagrados en la
Carta de la UE han entrado en juego en los procedimientos de infracción incoados
por la Comisión contra los Estados miembros.
El informe revela, además, el gran
interés que suscitan los derechos fundamentales entre los ciudadanos: en
2013, las cuestiones más frecuentemente planteadas por los ciudadanos en su
correspondencia con los centros de contacto Europe Direct fueron la libertad de
circulación y de residencia (un 48 % del número total de consultas), los
derechos de los consumidores (12 %) y los asuntos relacionados con la justicia
(11 %), la ciudadanía y la nacionalidad (10 %), las medidas contra la
discriminación y los derechos sociales (6 %) y la protección de datos (5 %)
(véase el anexo 1).
Dos formas de hacer de la Carta una
realidad:
1. Medidas adoptadas por la Comisión
para fomentar la Carta
En los ámbitos de competencia de la UE, la
Comisión puede proponer legislación de la UE que propugne los derechos y
los principios de la Carta.
Ejemplos de propuestas de la Comisión
en 2013:
- Cinco disposiciones legales por las que se refuerzan las garantías de los ciudadanos de la UE en los procesos penales (IP/13/1157, MEMO/13/1046). Incluyen medidas para garantizar la presunción de inocencia de todos los ciudadanos sospechosos o acusados por la policía y las autoridades judiciales, el derecho de comparecer en el propio juicio, el establecimiento de garantías especiales para los menores en los procesos penales y el acceso a asistencia jurídica gratuita provisional en las fases iniciales del proceso, especialmente en el caso de las personas sujetas a una orden de detención europea. En efecto, se constató la necesidad de equilibrar las disposiciones de Derecho penal ya vigentes (como la citada orden de detención europea) con una serie de instrumentos legales que dotasen a los ciudadanos de fuertes derechos de defensa en consonancia con la Carta. La existencia de sólidas normas de la UE que resguarden los derechos procesales y los derechos de las víctimas es crucial para reforzar la confianza mutua dentro del espacio de justicia europeo. Desde esta perspectiva, otro de los grandes hitos es la aprobación en 2013 de una Directiva sobre el derecho de acceso a la asistencia letrada (IP/13/921).
- La integración de los gitanos es otro ámbito en el que la UE sigue perseverando en la defensa de la igualdad de derechos y fomentando la adopción de medidas positivas. La Comisión, que supervisa los avances de las estrategias nacionales de integración de los gitanos, ha presentado los primeros resultados en los 28 países de la UE (IP/14/371). Además, todos los Estados miembros se han comprometido a aumentar la integración económica y social de las comunidades gitanas mediante la adopción unánime de una Recomendación del Consejo presentada por la Comisión en junio de 2013 (IP/13/1226, IP/13/607).
Ejemplos de medidas para el cumplimiento
de las normas (infracciones) en 2013:
·
Mediante la adopción de medidas legales,
la Comisión se aseguró de que la autoridad de protección de datos
austríaca dejaba de formar parte de la Cancillería Federal y disponía de
su propio presupuesto y personal, garantizándose con ello su independencia; en
marzo de 2013, Hungría adoptó las medidas oportunas para acatar la
sentencia del Tribunal sobre la jubilación anticipada forzosa de 274 jueces (MEMO/12/832).
2. Referencia a la Carta por los órganos
jurisdiccionales
En sus resoluciones, los órganos
jurisdiccionales de la Unión Europea han ido remitiéndose con creciente
frecuencia a la Carta y, con ello, arrojando nueva luz sobre su aplicabilidad.
El número de resoluciones de los órganos jurisdiccionales de la UE (Tribunal de
Justicia, Tribunal General y Tribunal de la Función Pública) en cuyas
argumentaciones se citaba la Carta aumentó de 43 en 2011 a 87 en 2012. En
2013, hicieron referencia a la Carta 114 resoluciones, casi tres veces
más que en 2011 (véase el anexo 2).
Paralelamente, los órganos
jurisdiccionales nacionales han ido refiriéndose cada vez más a la Carta en sus
consultas al Tribunal de Justicia (cuestiones prejudiciales): en 2012, esas
referencias aumentaron un 65 % en comparación con 2011, pasando de 27 a 41.
En 2013 se contaron 41
referencias, cifra idéntica a la de 2012.
El aumento de la referencia a la Carta es un
gran paso adelante en la construcción de un sistema más coherente de
protección de los derechos fundamentales que garantice un mismo nivel de
derechos y de protección en todos los Estados miembros, en todos los supuestos
de aplicación de la legislación de la UE.
El aumento de las referencias públicas a la
Carta ha propiciado su mayor divulgación: en 2013, la Comisión recibió
casi 4 000 cartas de ciudadanos sobre cuestiones de derechos
fundamentales. De ellas, solo el 31 % trataban de situaciones totalmente fuera
de la competencia de la UE (frente a un 69 % en 2010 y un 42 % en 2012). Estas
cifras ponen de manifiesto que los esfuerzos de la Comisión por informar de los
supuestos y lugares de aplicación de la Carta están dando sus frutos. La
Comisión recibió, además, más de 900 preguntas del Parlamento Europeo y
unas 120 peticiones.
Por último, el informe destaca los avances
realizados en la adhesión de la UE al Convenio Europeo de Derechos Humanos
(CEDH). En abril de 2013 se ultimó el proyecto de acuerdo de adhesión, todo un
hito en este proceso. La Comisión ha solicitado al Tribunal, como siguiente
etapa, que emita su dictamen sobre dicho proyecto.
Al informe presentado se adjunta un
informe intermedio sobre la aplicación de la Estrategia europea de igualdad
entre mujeres y hombres en 2013 (véase IP/14/423).
Antecedentes
Con la entrada en vigor del Tratado de
Lisboa el 1 de diciembre de 2009, la Carta de los
Derechos Fundamentales de la Unión Europea adquirió carácter vinculante. La
Carta recoge los derechos fundamentales que, como la libertad de expresión y la
protección de los datos personales, reflejan los valores comunes y el patrimonio
constitucional de Europa.
En octubre de 2010, la Comisión adoptó una
estrategia
para asegurar la aplicación efectiva de la Carta. Parte de esta estrategia
es la «lista de control de los derechos fundamentales» (anexo 3) que añade rigor
a la evaluación del impacto de sus propuestas legislativas en los derechos
fundamentales. La Comisión se ha comprometido además a informar a los ciudadanos
de las situaciones donde le es lícito intervenir en materia de derechos humanos
y a publicar un informe anual sobre la aplicación de la Carta para medir los
progresos alcanzados.
La Comisión trabaja junto con las
autoridades nacionales, regionales y locales pertinentes y con las demás
instancias de la UE para informar mejor a los ciudadanos de sus derechos
fundamentales y para ofrecerles asistencia si consideran que se han vulnerado
sus derechos. La Comisión ofrece ahora información práctica sobre el ejercicio
de los derechos individuales en el portal europeo
E-justice y ha entablado un diálogo sobre la tramitación de las demandas
sobre derechos fundamentales con los defensores del pueblo, los organismos de
defensa de la igualdad y las instituciones de derechos
humanos.
La Carta, que se dirige primordialmente a
las instituciones de la UE, complementa los sistemas nacionales y no los
sustituye. Los Estados miembros están sujetos a sus propios sistemas
constitucionales y al respeto de los derechos fundamentales consagrados en
estos. Las etapas concretas de aplicación de la Carta han generado un reflejo de
integración de los derechos fundamentales en la fase de preparación de las
propuestas legislativas y de actuación. Este enfoque es esencial para todo el
proceso de toma de decisiones de la UE, incluso cuando el Parlamento Europeo y
el Consejo, en representación de los Estados miembros, modifican las propuestas
preparadas por la Comisión.
Más información: MEMO/14/284
Dossier de prensa: derechos fundamentales e
informes sobre igualdad de género http://ec.europa.eu/justice/newsroom/fundamental-rights/news/140414_en.htm
Derechos fundamentales:
http://ec.europa.eu/justice/fundamental-rights/index_es.htm
Comisión Europea – Igualdad: http://ec.europa.eu/justice/gender-equality/index_es.htm
Página principal de Viviane Reding,
vicepresidenta de la Comisión y comisaria de Justicia de la UE: http://ec.europa.eu/reding
Siga a la vicepresidenta en Twitter: @VivianeRedingEU
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