lunes, 4 de julio de 2022

Viajar por Europa: Dinero y compras

 

DINERO

EL EURO

Alrededor de tres cuartas partes de los ciudadanos de la UE (esto es, más de trescientos cuarenta millones de personas en diecinueve países de la UE) utilizan actualmente el euro (€): Bélgica, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia y Finlandia (véase el mapa adjunto).

Andorra, Ciudad del Vaticano, Mónaco y San Marino utilizan el euro como moneda nacional, a raíz de un acuerdo con la UE. En algunos países y territorios, el euro es la moneda de hecho. Es el caso de Kosovo y Montenegro.

En los países europeos que no pertenecen a la zona del euro, muchos hoteles, tiendas y restaurantes, especialmente en zonas turísticas, aceptan los pagos en euros además de en la moneda nacional, aunque legalmente no están obligados a ello.

TARJETAS Y EFECTIVO

En los países de la zona del euro, los pagos transfronterizos en euros, incluidas las retiradas de efectivo en cajeros automáticos y los pagos con tarjeta, cuestan lo mismo que en el país de origen. Desde el 15 de diciembre de 2019, cualquier ciudadano de fuera de la zona del euro disfruta de las mismas ventajas, aunque puede que le cobren una comisión por cambio de divisa.

Además, gracias a las normas introducidas recientemente, no le pueden cobrar más por pagar con tarjeta de crédito o débito y dispondrá de mayor protección al efectuar los pagos. A partir del 19 de abril de 2020, también podrá comprobar y comparar con facilidad las comisiones por cambio de divisa al pagar con su tarjeta o retirar efectivo en el extranjero.

En caso de perder una tarjeta bancaria, bloquéela inmediatamente poniéndose en contacto con la entidad emisora. Anote el número al que debe llamar antes de viajar.

Si desea entrar en la UE, o salir de su territorio, con más de 10 000 euros en efectivo (o su equivalente en otras divisas) deberá efectuar una declaración ante las autoridades aduaneras.

Las comisiones aplicadas por el cobro de cheques emitidos en otro país de la UE son, a veces, muy elevadas. En muchos países, los cheques han dejado de aceptarse como medio de pago.

DE COMPRAS

DENTRO DE LA UE

No existen límites respecto a lo que puede comprar y llevar consigo cuando viaje entre países de la UE, siempre que los productos estén destinados a un uso personal y no a la reventa. Los impuestos (IVA e impuestos especiales) están incluidos en el precio de venta y no puede reclamarse ningún pago adicional en otro país de la UE.

No obstante, se aplican normas especiales en el caso de las mercancías sujetas a impuestos especiales, como el alcohol y el tabaco. Para determinar si el tabaco y el alcohol son para su propio uso, cada país puede fijar niveles de referencia. Si la cantidad que lleva de estas mercancías es superior, puede que le hagan preguntas con vistas a comprobar que no tiene ningún propósito comercial. Sin embargo, los países no pueden fijar niveles de referencia inferiores a los siguientes:

 

LLEGADA A LA UE

Si llega a la UE procedente de un país no perteneciente a ella, puede traer artículos exentos de IVA y de impuestos especiales para su uso personal dentro de los límites que se indican a continuación. Ocurre lo mismo si viene de territorios donde no se apliquen las normas de la UE sobre el IVA y los impuestos especiales.

Existen límites superiores o inferiores sobre la cantidad de tabaco que puede traer a la UE en función del país. Compruebe la normativa aduanera del país de la UE que va a visitar.

* Cada una de las cantidades representa el 100 % de la franquicia total autorizada para las labores del tabaco. Puede combinar cualquiera de ellos, pero no debe superar el límite total. Por ejemplo: 100 cigarrillos (50 % de la franquicia) + 50 puritos (50 % de la franquicia) = 100 % de la franquicia total.

** Para los licores y los vinos generosos o espumosos, cada una de estas cantidades representa el 100 % de la franquicia total, que puede dividirse. Por ejemplo, puede traer medio litro de licor y un litro de vino generoso, ya que ambos representan la mitad de la franquicia.

Los viajeros de menos de diecisiete años no pueden hacer uso de estas franquicias sobre tabaco y alcohol.

Si viaja de un país de la UE a otro a través de un país no perteneciente a la UE (por ejemplo, Suiza), deberá comprobar la normativa aduanera de ese país.

Otras mercancías, incluidos perfumes

  • Hasta un valor de 430 euros si se viaja por vía aérea o marítima.
  • Hasta un valor de 300 euros si viaja por otras vías.

Algunos países de la UE aplican a los viajeros menores de quince años un límite más bajo, aunque este no puede ser inferior a 150 euros.

Productos alimenticios

No hay limitaciones de carácter general en cuanto a los productos cárnicos o lácteos que puede llevar consigo cuando viaje entre países de la UE. No obstante, asegúrese de no traer productos alimenticios que contengan carne, leche o sus derivados a la UE desde países no pertenecientes a ella, ya que pueden transportar agentes patógenos peligrosos y causar enfermedades en el ganado de la UE, como la fiebre aftosa o la peste porcina africana. Las únicas excepciones se aplican a las personas que viajan con pequeñas cantidades para consumo personal procedentes de Andorra, Groenlandia, Islandia, las Islas Feroe, Liechtenstein, Noruega, San Marino o Suiza.

Más información:

https://europa.eu/youreurope/citizens/travel/carry/alcohol-tobacco-cash/index_es.htm

https://ec.europa.eu/food/animals/animalproducts/personal_imports_en

No olvide llevar una bolsa cuando vaya de compras. Las normas de la UE están contribuyendo a reducir el uso de bolsas de plástico ligeras que contaminan y dañan el medio ambiente. En la mayoría de los países, los consumidores pagan por las bolsas que reciben al hacer compras.

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