lunes, 22 de mayo de 2017

La Comisión simplifica las normas que regulan la inversión pública en los puertos y aeropuertos, en el ámbito de la cultura y en las regiones ultraperiféricas


La Comisión Europea ha aprobado la pasada semana, nuevas normas sobre ayudas estatales que excluyen del escrutinio previo de la Comisión determinadas medidas de ayuda pública destinadas a los puertos y aeropuertos, la cultura y las regiones ultraperiféricas. El objetivo perseguido es facilitar la inversión pública en favor de la creación de empleo y el crecimiento, protegiendo al mismo tiempo la competencia.
La comisaria Margrethe Vestager, responsable de la Política de Competencia, ha declarado lo siguiente: 
«Queremos garantizar que las empresas puedan competir en igualdad de condiciones en el mercado único y queremos hacerlo con la mayor eficiencia posible. Las normas sobre ayudas estatales de la UE son las mismas para todos los Estados miembros. Los cambios aprobados hoy ahorrarán a estos últimos tiempo y problemas a la hora de invertir en los puertos y aeropuertos, la cultura y las regiones ultraperiféricas de la UE, protegiendo al mismo tiempo la competencia. Permitirán asimismo a la Comisión centrar su atención en aquellas medidas de ayuda estatal con mayor impacto sobre la competencia dentro del mercado único, "concediendo a cada cosa la importancia que merece realmente en beneficio de los ciudadanos europeos en su conjunto"».
El «Reglamento general de exención por categorías» de 2014 autorizó a los Estados miembros a aplicar una amplia gama de medidas de ayuda estatal sin necesidad de obtener la autorización previa de la Comisión, al ser poco probable que provoquen un falseamiento de la competencia. Como consecuencia de ello, en la actualidad alrededor del 95 % de las medidas de ayuda estatal aplicadas por los Estados miembros no están sujetas a autorización (lo que representa, colectivamente, un gasto anual aproximado de 28 000 millones EUR). Por ejemplo, desde 2014, el número de notificaciones de ayudas estatales en el ámbito de la investigación, el desarrollo y la innovación se ha reducido a la mitad (véase el Marcador de ayudas estatales de 2016).
La Comisión ha ampliado ahora el ámbito de aplicación de este Reglamento a los puertos y aeropuertos, a raíz de dos consultas públicas.
Por lo que se refiere a los aeropuertos, los Estados miembros ya pueden efectuar inversiones públicas en aeropuertos regionales que gestionen un tráfico anual de hasta 3 millones de pasajeros con plena seguridad jurídica y sin control previo por parte de la Comisión. Ello facilitará la inversión pública en más de 420 aeropuertos en toda la UE (lo que representa aproximadamente el 13 % del tráfico aéreo).
El Reglamento autoriza asimismo a las autoridades públicas a financiar los costes de explotación de los pequeños aeropuertos que gestionan un tráfico anual de hasta 200 000 pasajeros. Estos aeropuertos de pequeño tamaño representan casi la mitad de todos los aeropuertos de la UE, pero solo el 0,75 % del tráfico aéreo. Aunque pueden contribuir de forma significativa a la conectividad de una región, es poco probable que falseen la competencia en el mercado único de la UE.
Por lo que respecta a los puertos, los Estados miembros ya pueden efectuar inversiones públicas de hasta 150 millones EUR en los puertos marítimos y de hasta 50 millones EUR en los puertos interiores con plena seguridad jurídica y sin control previo por parte de la Comisión. El Reglamento autoriza a las autoridades públicas a financiar los costes de dragado en los puertos y las vías navegables de acceso los mismos.
Además, el nuevo Reglamento incluye una serie de simplificaciones en otros ámbitos. En particular, la Comisión únicamente examinará los casos de ayuda estatal de mayor envergadura que entrañen un importe de ayuda más elevado para los proyectos culturales (y solo si esas medidas constituyen efectivamente una ayuda estatal, lo que en la mayoría de los casos no sucede) y para las instalaciones deportivas de usos múltiples.
La Comisión también ha simplificado en beneficio de las autoridades públicas el procedimiento de compensación a las empresas por los costes adicionales en los que incurren cuando operan en las regiones ultraperiféricas de la UE, habida cuenta de los retos específicos a los que se enfrentan, como por ejemplo su lejanía y su dependencia de la comercialización de un número de productos limitado.
La iniciativa tiene por objeto reducir, en el marco del programa adecuación de la reglamentación y eficacia de la legislación de la UE (REFIT)de la Comisión, las cargas administrativas que soportan las autoridades públicas y otras partes interesadas. Forma parte del esfuerzo de la Comisión por centrar el control de las ayudas estatales, en beneficio de los consumidores, en aquellos casos de mayor envergadura que tengan un impacto significativo sobre la competencia en el mercado único. Complementa diversas iniciativas adoptadas por la Comisión en los últimos dos años a fin de modernizar la aplicación de las normas sobre ayudas estatales. El objetivo de estas iniciativas es facilitar en mayor medida la inversión pública en apoyo de nuestros objetivos comunes en materia de empleo y crecimiento, clima, innovación y cohesión social.
La actualización del Reglamento supone un nuevo hito en la labor que viene desarrollando sistemáticamente la Comisión Juncker a fin de garantizar que la aplicación de las normas sobre ayudas estatales de la UE se lleve a cabo de la forma más eficaz y eficiente posible.
Iniciativas complementarias
Además de la revisión del Reglamento general de exención por categorías, la Comunicación relativa al concepto de ayuda estatal adoptada en mayo de 2016 aclara cuáles son las medidas de ayuda pública que quedan fuera del ámbito de aplicación del control de las ayudas estatales de la UE, por ejemplo por no falsear la competencia en el mercado único. Ese documento ayuda a los Estados miembros a elaborar medidas de ayuda pública que puedan aplicarse sin el escrutinio previo de la Comisión. Confirma, por ejemplo, que las inversiones públicas en carreteras, vías navegables interiores, ferrocarriles y redes de distribución de agua pueden ejecutarse, por norma general, sin el escrutinio previo de la Comisión.
Además, la Comisión adoptó en septiembre de 2016 una serie de decisiones sobre ayudas estatales (véase también el anterior paquete de mayo de 2015), que aclaran qué medidas de ayuda estatal pueden aplicar las autoridades de los Estados miembros sin someterlas previamente al escrutinio de la Comisión, por no afectar al comercio entre los Estados miembros.
Combinadas, estas iniciativas contribuyen a estimular la inversión reduciendo la carga administrativa que pesa sobre las autoridades públicas y las empresas, y aumentando al mismo tiempo la seguridad jurídica para los beneficiarios de las ayudas y los competidores. Dichas iniciativas permitirán asimismo a los Estados miembros asumir la responsabilidad de las decisiones políticas respecto de las medidas de ayuda estatal locales y a la Comisión concentrar los recursos que destina a la investigación de las medidas de ayuda estatal en aquellas que puedan tener mayor impacto sobre la competencia dentro del mercado único.
El Reglamento de modificación entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

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