La Comisión Europea, dando un paso más en el cumplimiento de su
compromiso de legislar
mejor,
ha presentado una propuesta de nuevas medidas de
conservación para la pesca en los mares europeos. Se trata de normas que regulan
cómo, cuándo y dónde pueden pescar los pescadores y determinan los artes, la
composición de las capturas y la manera de abordar las capturas accidentales.
Hasta ahora, esas normas se decidían a nivel de la UE mediante un largo proceso
de adopción; con el tiempo, además, esa estructura reguladora se había
convertido en algo muy complejo.
El comisario responsable de Medio Ambiente, Karmenu Vella, ha señalado lo
siguiente:
«Con esta propuesta garantizamos el cumplimiento de nuestros objetivos de sostenibilidad de la pesca y de protección de los hábitats marinos en el conjunto de la UE. Su "enfoque regionalizado" simplifica las normas, en consonancia con nuestro programa de mejora de la legislación. Permite que las decisiones de gestión se tomen a nivel local, más cerca de la población afectada.»
Con la nueva política pesquera común, y en cumplimiento del principio
del programa «Legislar mejor», se ha propuesto un nuevo enfoque simplificado. La
Comisión presenta un sistema de gobernanza más flexible que responsabiliza a los
agentes regionales, que son quienes mejor conocen el contexto local, para
adaptar las medidas técnicas de conservación en sus respectivas cuencas
marítimas. Además, la propuesta condensa una serie de reglamentos distintos en
un único texto, lo que debe facilitar la interpretación y el cumplimiento de la
normativa.
A partir de ahora, la UE fijará los principios generales y los objetivos
globales de las actividades pesqueras. Se mantendrá un conjunto de normas
básicas que regularán los artes de pesca prohibidos o la protección de
determinadas especies o determinados hábitats; ahora bien, cuando se trate de
medidas técnicas que afecten a una cuenca marítima específica, los gobiernos y
operadores nacionales podrán adaptar las normas propuestas al contexto local
para alcanzar los resultados deseados.
Si, por ejemplo, debe cerrarse un caladero específico para proteger un
hábitat concreto —que puede ser un arrecife coralino sensible—, o debe
autorizarse una excepción para buques específicos que no inciden en el fondo
marino, esto puede hacerse mediante medidas técnicas adoptadas por los Estados
miembros ribereños de esa cuenca marítima, en consulta con las partes
interesadas.
La propuesta incluye medidas para proteger el ecosistema marino y los
hábitats marinos y para evitar las capturas accesorias de especies no
comerciales y sensibles, como aves marinas y mamíferos.
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