La comisaria de Justicia,
Consumidores e Igualdad de Género, ha manifestado:
«En la UE, se estima que cada año 1 de cada 7 personas son víctimas de delitos. A partir de hoy, las nuevas normas reconocen a las víctimas derechos claros a la información y la protección, así como el acceso a los servicios de apoyo en todos los Estados miembros. Las nuevas normas cambiarán la forma de tratar a las personas que sufren por la delincuencia, lo cual redundará en ventajas para el conjunto de nuestras sociedades. Las víctimas merecen situarse en el centro del procedimiento penal.Sin embargo, no todos los Estados miembros han comunicado a la Comisión la transposición de la Directiva. Hago un llamamiento a estos Estados miembros para que garanticen lo antes posible la aplicación de estas importantes normas, a fin de que las víctimas y sus familias puedan beneficiarse de ellas en la práctica.»
El objetivo de las nuevas
normas es que todas las víctimas de delitos y sus familiares sean reconocidos y
tratados de forma respetuosa y no discriminatoria, con un enfoque individual y
adaptado a las necesidades de las víctimas.
Los principales nuevos
derechos son:
- Derechos
de los familiares de las víctimas - Los familiares de las
víctimas fallecidas disfrutarán de los mismos derechos que las víctimas
directas, incluido el derecho a la información, al apoyo y a una
indemnización. Los familiares de las víctimas supervivientes también
tendrán derecho al apoyo y la protección.
- Derecho
a entender y a ser entendido - La comunicación con las
víctimas será en un lenguaje sencillo y accesible. El tipo de comunicación
deberá adaptarse a las necesidades específicas de cada víctima, como por
ejemplo la edad, lengua o posible discapacidad.
- Derecho
a la información - Las autoridades nacionales deben
suministrar a las víctimas una serie de información relativa a sus
derechos, su caso y los servicios de asistencia de que pueden disponer. La
información debe facilitarse sin demora desde el primer contacto con la
autoridad competente.
- Derecho
al apoyo - Los Estados miembros deben garantizar el
acceso de las víctimas a los servicios de apoyo y las autoridades deben
facilitar la consulta de tales servicios. El apoyo debe ser gratuito y
confidencial, y también se ofrecerá a las víctimas que no denuncian
oficialmente el delito. Tanto los servicios generales de apoyo -
destinados a todas las víctimas de delitos - como los servicios
especializados de apoyo deberán estar disponibles. Los servicios
especializados de apoyo incluyen albergues, apoyo para la superación de
traumas y asesoramiento adaptado a los diferentes tipos de víctimas.
- Derecho
a intervenir en el procedimiento penal - Las víctimas
desempeñarán un papel más activo en el procedimiento penal. Tendrán
derecho a ser oídas e informadas sobre las diferentes fases del
procedimiento. Si las víctimas no están de acuerdo con la decisión de no
procesar, tienen derecho a recurrirla. Las víctimas también tienen derecho
a una indemnización y, en cuanto a los procedimientos de justicia
reparadora que puedan aplicarse en los sistemas nacionales, actualmente
hay normas que garantizan la participación segura de las víctimas.
- Derechos
de protección - Las víctimas deben estar protegidas frente
al infractor y frente al propio sistema de justicia penal. Para determinar
cuáles son sus necesidades de protección, todas las víctimas deben recibir
una evaluación individual que establezca su eventual vulnerabilidad frente
a nuevos daños que pudieran surgir en el curso del procedimiento penal. En
tal caso, deben aplicarse medidas de protección especiales que las
protejan durante el procedimiento y contra cualquier posible amenaza del
infractor. Los menores son objeto de atención especial.
En la actualidad, todos los
Estados miembros deben aplicar e implementar estas normas de la UE. Además , dado que
los numerosos derechos establecidos en la Directiva son claros y precisos, las personas
pueden hacerlos valer directamente ante los tribunales nacionales, incluso
aunque su Estado miembro no los haya incorporado todavía plenamente en su
ordenamiento nacional.
Próximos pasos: La Comisión controla el proceso de transposición en el Derecho
nacional y presta asistencia para ello a los Estados miembros, mediante la
organización de reuniones bilaterales y regionales, y la participación en otros
foros de expertos en la materia. La
Comisión colaborará estrechamente con la próxima Presidencia neerlandesa
y la sociedad civil.
Si los Estados miembros
incumplen sus obligaciones, la Comisión Europea no vacilará en adoptar las
medidas legales necesarias para hacer cumplir las normas.
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